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Consulta eQSL: ellos preguntan, nosotros contestamos...

Si en noviembre Telecomunicaciones nos sorprendía con su repentino interés por co­no­cer la opinión del colectivo sobre los sistemas electrónicos de confirmación de QSOs, después de negarse sistemáticamente a desvelar cuales eran los criterios que tenía en cuenta para conceder los indicativos de dos letras, hemos de reconocer que dicha opor­tu­ni­dad fue aprovechada para dar nuestra respuesta más contundente, obje­tiva y con­sen­sua­da posible, gracias a las opiniones recibidas de muchos de nuestros socios y sim­pa­ti­zan­tes.

Reproducimos a continuación el documento de síntesis.


A la Consulta original, nuestra respuesta fue:


Respuesta a la Consulta sobre condiciones a aplicar para garantizar la autenticidad de la práctica de la radioafición internacional mediante sistemas electrónicos

Introducción

Este documento es fruto del trabajo conjunto y consenso alcanzado por la Federación Digital EA y la Liga Española de Asociaciones C.B. y Radioaficionados sobre la utilización, también, de QSLs electrónicas para acreditar la práctica internacional de la radioafición.

En realidad, dichas QSLs electrónicas han venido presentándose ante las JPITs, para ese propósito y en formato de tarjeta impresa, desde hace muchísimo tiempo, sin que hubieran supuesto problema alguno hasta el 18 de noviembre del 2014, fecha en la que a EA3HCD se le denegó esta posibilidad en la JPIT de Barcelona.

A tenor de este caso, FEDI-EA solicitó a la SETSI conocer los criterios específicos que esta requería para la obtención de distintivos de llamada con sufijos de 2 letras, tal como se contempla en el Reglamento de Radioaficionados (art. 27.3 quinto párrafo), para, primero, poder estudiarlos y, posteriormente, poder proponer cambios y mejoras a los mismos, si lo considerase oportuno.

Ante la falta de respuesta de la SETSI, FEDI-EA tuvo que acudir al Defensor del Pueblo (exp. 15011284) para recabar las instrucciones concretas que se venían aplicando, sin que, por el momento, se haya obtenido copia de las mismas, más allá de vagas insinuaciones sin hilvanar.

En este sentido, y a pesar de las novedades que se vayan a producir, FEDI-EA persistirá en el empeño de obtener las instrucciones mencionadas, para su archivo histórico. Si la SETSI, ajena al "compromiso" del actual Reglamento de Radioaficionados de establecer un procedimiento de forma transparente y no discriminatoria, hiciera caso omiso, seguiríamos reclamándolas por la vía del Defensor del Pueblo.

Por todo lo expuesto hasta ahora, consideramos la presente Consulta una "huida hacia adelante", ya que, sin poner encima de la mesa los criterios actuales aplicados sobre las tarjetas QSL en papel, se nos pide opinión sobre sistemas electrónicos que cumplan esos mismos criterios, sin saber estos cuales son. Algo harto difícil.

Si la presente Consulta, pretende ser una encuesta, al colectivo de radioaficionados, sobre sus preferencias acerca de los múltiples sistemas electrónicos existentes, y determinar así el grado de popularidad de cada uno de ellos, probablemente sea un acierto. Ahora bien, si de lo que se trata es de encontrar soluciones, quizás este no sea el mejor método de trabajo.

Por otra parte, podríamos calificar de sorprendente, sino tendencioso, el preámbulo de esta Consulta, cuando se afirma que existe una "falta de consenso en el colectivo de radioaficionados respecto de la utilidad y de las garantías que ofrecen estos sistemas", lo cual, dice, "es fácilmente detectable accediendo a los foros especializados".

Y hacemos esta afirmación categórica porque la SETSI parece confundir, no sin intencionalidad, las diversas preferencias, de un colectivo plural y variado, por los distintos modos de confirmar un contacto por radio, con una "falta de consenso" sobre si los sistemas electrónicos son útiles y ofrecen garantías suficientes, sin poner en duda, en ningún momento, que las QSLs en papel, que sí acepta, son las que menos garantías de autenticidad pueden ofrecer y peores características funcionales presentan, pues son costosas (tarifas postales, cuotas de afiliación) y carecen de la inmediatez de internet, por destacar sólo dos diferencias.

Tampoco podemos pasar por alto la mención a los "foros especializados" que parece consultar la SETSI, sin aportar ninguna referencia concreta que permita valorar, ponderar o rebatir los argumen­tos supuestamente esgrimidos en contra de los "nuevos" sistemas electrónicos de confirmación de contactos y a favor de las tradicionales tarjetas QSL en papel, cuando la tendencia actual apunta a una imparable implantación de los sistemas electrónicos, con la única duda de a que velocidad lo harán.

Dicho todo esto, sin embargo, ni creemos, ni abogamos por una desaparición del intercambio de tarjetas QSL en papel, sino que le auguramos el mantenimiento de un cierto mercado residual, entrañable y de gran valor sentimental por parte de sus adeptos, conviviendo en armonía con siste­mas electrónicos de confirmación, sin que ambos deban ser excluyentes, sino complementarios.

Una vez establecido el contexto en que se plantea la presente Consulta, y suponiendo que el objetivo de la Administración sea el que dice ser: "para la agilización de este proceso y mayor comodidad de los radioaficionados", pasamos a exponer nuestra posición y punto de vista respecto de las preguntas concretas propuestas.


Preguntas y respuestas

1ª. Qué condiciones mínimas debe reunir un sistema electrónico de acreditación para ser admitido por la Administración como garante de la autenticidad de la acreditación de la práctica internacional de la radioafición.

Partiendo de la premisa de que ninguno de los sistemas existentes está exento de errores, y que su única pretensión es ofrecer un cierto grado de confirmación de un contacto (QSO) realizado por radio entre radioaficionados, para su propia satisfacción personal y basado en la confianza; y teniendo en cuenta que la propia Administración ya admite, para el propósito señalado, las tarjetas QSL en papel obtenidas por correo postal, las condiciones mínimas exigibles a un sistema electrónico no deberían exceder de las limitadas posibilidades de las tarjetas QSL en papel, es decir, contener los datos del informe de recepción, en especial el distintivo de llamada del destinatario, aunque los sistemas electrónicos puedan aportar muchas mayores garantías.

Lo contrario sería discriminar a quienes presenten acreditaciones electrónicas, con unas condiciones más exigentes que las de los que las presenten en papel.


2ª. Que sistemas considera actualmente fiables y entiende deben ser ya admitidos por la Administración para este fin.

Muchos son los sistemas que para un radioaficionado son suficientes para el propósito señalado, si bien puede haber una elevada dispersión de preferencias personales. Otra cosa es que sean admisibles y/o fáciles de gestionar por parte de la Administración.

Por nuestra parte, ya hace tiempo nos decantamos por adoptar eQSL.cc como sistema de referencia, por su veteranía, amplísima aceptación mundial, economía, facilidad de uso, fiabilidad, flexibilidad en cuanto a los niveles de garantía de autenticidad y, sobre todo, por la posibilidad de ser consul­tado por aplicaciones externas tipo web service.

Cualquiera de las aplicaciones externas basadas en eQSL.cc podría considerarse igualmente fiable, teniendo siempre la posibilidad de consultar el original. Como ejemplo de ellas destacamos el Diploma EURAO, que certifica el contacto confirmado con un mínimo de 10 países, combinando las QSLs en papel y las electrónicas, admitiendo estas últimas sólo en caso de que el contacto esté confirmado en ambos sentidos y ambos corresponsales gocen de Autenticidad Garantizada (AG), lo cual significa que ese usuario de eQSL ha enviado copia de su licencia de radioaficionado para su verificación por parte de un equipo internacional de voluntarios del sistema.


3ª. Que documentos físicos o electrónicos, obtenidos mediante estos sistemas, debe presentar el radioaficionado a la Administración para considerar suficiente la acreditación.

Múltiples son las posibilidades de acreditar, mediante eQSL, los contactos realizados:

  • La primera, y más simple, es la impresión de las imágenes de las eQSLs obtenidas.

  • Otra sería el acceso a la web de eQSL por parte del usuario (con su contraseña) en presencia de la JPIT, pudiendo ver esta un resumen de su actividad.

  • La más fiable para la Administración sería la elaboración de una página web propia, de consulta directa a eQSL que siguiera sus especificaciones técnicas, recogidas en este documento (adjunto): http://eqsl.cc/qslcard/VerifyQSO.txt

  • Consecuencia de la anterior, pero creada por agentes externos, como es el caso de la página web de FEDI-EA http://fediea.org/eanet/eanet_validation.php (basta dejar la contraseña vacía para su utilización por parte de usuarios no registrados).

  • Aceptación de certificados de terceras partes, como el Diploma EURAO ya mencionado, que incorpora una labor de validación y acreditación de los contactos realizados, de forma automática y/o manual mediante check points (personas habilitadas para ello).

4ª. La admisión en el futuro de nuevos sistemas de acreditación, cree que debería ser previamente consultado con el colectivo de los radioaficionados, con las asociaciones de radioaficionados más relevantes o quedaría a juicio de la Administración.

Dado el grado de especialización y práctica necesaria para valorar un nuevo sistema de este tipo, que requiere participar en todo el proceso, desde el contacto inicial por radio hasta la obtención de resultados, pasando por la introducción de datos en algún programa concreto de ordenador, parece poco probable que la propia Administración, como tal, sea capaz de hacerlo con garantías suficien­tes. En todo caso, requeriría la asistencia y asesoramiento de algún radioaficionado.

Para evitar arbitrariedades, o sesgos innecesarios, cualquiera de las otras dos opciones podría ser aceptable, siempre y cuando, en caso de consulta directa al colectivo, la muestra fuese suficiente­mente significativa, lo cual requeriría de la máxima difusión de la consulta.

Habida cuenta de que, como en este caso, la Administración publica la convocatoria de la Consulta en su web, que apenas es visitada por el colectivo, y solicita a las asociaciones de radioaficionados más relevantes la difusión entre sus asociados, esta vía ya conlleva un reconocimiento implícito del valor que pueden aportar, y aportan, estas asociaciones en las relaciones con la Administración.

Para evitar malos entendidos sobre cuales, de entre todas las asociaciones de radioaficionados que la Administración tiene reconocidas (más de 300), son las "más relevantes", proponemos considerar aquellas inscritas en el registro de grupos de interés de la CNMC, lo cual ya implica y demuestra su voluntad de colaboración con la Administración y de incidencia en las decisiones que esta toma y que afectan al colectivo, haciéndolo de manera transparente y cumpliendo con el código ético con el que se han comprometido.


5ª. Tiene algún comentario más al respecto.

Entendemos y deducimos, del preámbulo de la presente Consulta, que la Administración ya ha tomado la decisión de poner en funcionamiento un procedimiento para "admitir tarjetas o documentos electrónicos de confirmación de los contactos" previamente realizados por radio, para "la acreditación de la práctica de la radioafición internacional", así como también seguir admiti­endo para ello "la presentación de tarjetas QSL obtenidas por el interesado tras un proceso de comunicación por correo postal clásico", y lo único que pretende ahora, con esta Consulta, es explorar cuales, de los múltiples sistemas electrónicos existentes, podrían ser admitidos por el colec­tivo de radioaficionados por cumplir con "unas condiciones mínimas de seguridad" que permi­tan a la Administración "aportar un control razonable que evite fraudes en las acreditaciones".

Sin embargo, echamos de menos conocer el detalle de cuántos contactos hay que acreditar en cada caso, si debe ser uno por cada año requerido o basta con que el conjunto de contactos acreditados se ajuste al número total requerido, sin importar las fechas de los mismos; también si es importante o no la lejanía de los países contactados, si las acreditaciones deben corresponder a países distintos o pueden repetirse; etc., etc.

Tampoco tenemos constancia de si existen otros criterios o méritos para acceder a distintivos de llamada con sufijos de dos letras y, lo que sería más grave, polémico y preocupante, a los de una letra, cuyo proceso, según tenemos entendido, está paralizado.

Consideramos imprescindible que, dichos criterios y/o méritos, en caso de existir, estén adecuada­mente publicados, haciendo honor a lo prometido en el Reglamento de Radioaficionados: de forma transparente y no discriminatoria.

Las entidades autoras de este informe desaconsejan abrir la posibilidad de solicitar distintivos de llamada con sufijo de una letra, al menos no sin antes haber alcanzado un consenso suficiente con las asociaciones de radioaficionados más relevantes.

Por último, quisieramos transmitirles nuestro interés por disponer de todas las respuestas a esta Consulta, para su posterior estudio y evaluación, esperando que las mismas no sean filtradas sólo en una única dirección.


Cronología del "caso EA3HCD":

  1. Discriminación y obscurantismo en Telecomunicaciones!?
  2. Entre el Estado de Derecho y el pito del sereno...
  3. Sin transparencia a la vista
  4. Oposiciones a un indicativo de dos letras
  5. Transparencia, poca; discriminación, bastante; respuesta, leeenta
  6. Consulta sobre la validez de eQSL para la obtención de indicativos de dos letras

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