2024-12-03
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CB-27: entran en vigor Modificaciones al Reglamento
Que incluyen una buena parte de las propuestas presentadas por las principales asociaciones de usuarios de
esta banda, entre las que cabe destacar la apertura a las nuevas tecnologías, posibilitando enlaces a través
de otras redes de telecomunicación, léase EchoLink y similares.
Quedan fuera las peticiones de más canales y menor precio de la tasa de autorización.
Cuando el verano pasado la DGTel abría un periodo para la presentación de "comentarios u observaciones" a su
proyecto de modificación del Reglamento de CB-27, la Federación Digital EA presentó sus
propias alegaciones,
aunque coordinadas con las de otras asociaciones de Banda Ciudadana.
Ahora, 9 meses después de aquella aportación, se acaba de publicar en el BOE, de este sábado 27 de marzo de 2010, la
Orden Ministerial que recoge el
texto definitivo
de aquellas modificaciones.
En resumen, esto es lo que aporta el nuevo texto:
prevista la tramitación telemática de la autorización
se refuerza la innecesaria presentación de fotocopias del DNI
para asociaciones, poder de representación más adecuado a la realidad
la autorización se da a la persona y no al equipo, desapareciendo la necesidad de aportar marca, modelo, número de
serie y demás características técnicas de la estación
sin límite de equipos por persona
se permite la interconexión a otras instalaciones de telecomunicaciones
en caso de interferencias, menos restricciones
se permiten modulaciones digitales con 4 vatios.
Conclusión: Estas modificaciones al Reglamento CB-27 aportan una serie de medidas muy positivas para el
colectivo de usuarios de banda ciudadana y responden a las insistentes reivindicaciones planteadas a través de las
asociaciones y federaciones que les representan, siendo un hito insólito el que se produzcan sólo 3 años después de
la publicación del último Reglamento.
Si bien creemos que no cesará la petición de nuevas frecuencias, de lo que sí estamos seguros es que se mantendrá,
e incluso se incrementará, la presión para que la tasa de autorización desaparezca o, al menos, se reduzca ostensiblemente.