2024-12-21
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"Salvemos a los Radioaficionados de Leganés"
Este es el nombre de una campaña de captación de fans en Facebook que pretende derogar,
o modificar, la Ordenanza, aprobada hace poco más de un año, según la cual, a nuestros compañeros de esa
localidad madrileña, les es prácticamente imposible instalar sus antenas.
Consigamos miles de fans para persuadir a ese Ayuntamiento a rectificar.
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de esta noble causa en Facebook, para expresar la solidaridad con los radioaficionados de Leganés y de paso invitar a
la reflexión a sus ediles.
Publicábamos antes del verano un
artículo sobre este tema,
en el que explicábamos cual era la situación, el contenido de la Ordenanza y las acciones emprendidas.
Pues bien, hasta la fecha, nos consta que las siguientes asociaciones de radioaficionados y/o CB se han dirigido formalmente al
Ayuntamiento de Leganés para expresarle su sorpresa, preocupación y desacuerdo con el contenido de la citada Ordenanza:
Federación Digital EA,
Liga Española de Asociaciones CB y Radioaficionados,
Grupo Canal 21 Sierra de Madrid y
Radio Club Henares;
cuyos escritos encontraréis al final de este artículo.
Ninguna respuesta oficial del Ayuntamiento ha llegado a ninguna de ellas, a pesar de que
su asesor en nuevas tecnologías, en conversación telefónica, afirmaba a principios de septiembre que sí se había enviado.
Parecía que la proximidad de las Elecciones Generales impidiera mover ficha o decantarse por una posición u otra, ante el peligro de
restar algunos votos. Sin embargo, una vez superados los comicios, ningún cambio se ha notado.
Más contundente se mostraba la Liga CB en su editorial del mes de noviembre, titulado
"Leganés contra Cebeístas y Radioaficionados",
en el que, no sólo arremetía contra el Ayuntamiento de Leganés, sino que también ponía en cuestión a Telecomunicaciones por
su falta de reacción ante la invasión de competencias e incompatibilidad con normas de rango superior.
Por poner sólo un ejemplo, una de las contradicciones más flagrantes de la Ordenanza de Leganés es la que dice:
"la altura máxima será de 3 metros", refiriéndose a las antenas; mientras el Real Decreto 2623/1986, que
determina las condiciones de aplicación de nuestra Ley de Antenas 19/1983, establece en su art. 13 que:
"en cualquier caso dejen una altura libre de tres metros sobre el plano de paso".
Por lo tanto, una antena que a su vez esté a 3 metros del suelo, como máximo y como mínimo, sólo podría
ser: una antena de papel de fumar. Un reto interesante para los investigadores, pero
pendiente de ser inventada y probada con óptimos resultados.
Pero volviendo al tema, serio y principal, de este artículo, hoy pedimos ese gesto sencillo, de solidaridad para con nuestros
colegas de Leganés, pero también con nosotros mismos, para que mañana no sea nuestro municipio al que se le ocurra
redactar una ordenanza similar.
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