Instrucciones para la aplicación del Nuevo Reglamento de Radioaficionados
Podía haber sido peor, pero, afortunadamente, vemos anulados algunos aspectos del borrador 2.0 que tuvimos en
nuestras manos, y de los cuales ya expresamos nuestro más rotundo desacuerdo a la DGTel.
Limitaciones geográficas para los 50 MHz
Se concreta la zona del centro de España donde no se puede usar esta banda, cuya extensión supone
el 14% de la superficie del país y afecta a 6 provincias.
Equipos abiertos
Se pueden legalizar equipos capaces de funcionar en otras bandas, en el bien entendido de que las
limitaciones legales de uso son responsabilidad de los propios radioaficionados y no de sus equipos.
Seguir en la radioafición
Requiere comunicar a la Administración cada 5 años (entre los meses de octubre y noviembre)
la voluntad de mantener la autorización de radioaficionado.
Dicho trámite podrá efectuarse a través de las asociaciones de radioaficionados (*).
Cambio de indicativo incluido
Existe esta posibilidad si se hace simultáneamente a la transformación del título en autorización personal.
Ahora que todas las antiguas clases de licencia son iguales, puedes cambiar tu EB y/o EC en EA,
sin coste adicional.
Antenas
De momento se deja a criterio del Jefe de Inspección la exigencia de si requieren un instalador de
telecomunicaciones, pues era peor el supuesto de 5 metros (mástil+antena) previsto en el borrador.
Equipos antiguos
Se suavizan las condiciones, pudiendo autorizarlo la Jefatura sin pasar por un laboratorio acreditado.
Temario de examen
Ya es oficial y concuerda con el que pusimos en la web hace meses. Allí encontrarás enlaces a las
materias de estudio.
Incorporamos en la web los modelos oficiales (en formato Word y PDF )
de solicitud de tramitación ()
y de memoria técnica ().
También el texto íntegro
de esta resolución en formato interactivo, es decir, puedes saltar directamente a las referencias de otros
textos legales relacionados con este, facilitando su lectura y comprensión.