2024-12-04
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Consejos para la instalación de antenas en edificios
Recuperamos este clásico artículo de EA3BEW (abogado) para orientar y tranquilizar a todos aquellos
amigos que están tramitando la primera instalación de su estación y nos hacen llegar sus dudas y consultas.
INFORMACION A TENER EN CUENTA PARA INSTALAR ANTENAS DE RADIOAFICIONADO EN LOS EDIFICIOS
0.- Introducción
Esta información pretende
encauzar de la forma más idónea posible las actuaciones respecto a
la Propiedad o a la Comunidad de Propietarios, de manera que si éstas
reaccionan con hostilidad a lo que se pretende, se pueda conseguir de
una forma expeditiva el apoyo de los Tribunales.
Ante todo, hay que concienciar que la
Ley de Antenas
ampara al Radioaficionado y le concede el derecho
a instalar sus antenas en los edificios y que, en consecuencia, este
derecho sólo puede ser limitado por otra Ley. También hay que
tener en cuenta que esta Ley, como todas, obliga a todos los españoles,
inclusive las Comunidades de Propietarios.
Hechas estas consideraciones
iniciales, se pasa a examinar las distintas circunstancias en que puede
hallarse un Radioaficionado, dándose una pauta de la forma en que ha
de enfocarse el tema.
1.- Derechos del Radioaficionado respecto a la finca que ocupa
1.1.- Cuando el Radioaficionado ocupa la finca, junto con otros arrendatarios,
de un solo propietario
En este caso, se deberán
seguir las pautas establecidas en los siguientes apartados, según
sea el caso, teniendo en cuenta que los escritos tendrán que dirigirse
al Propietario o al Administrador de la finca, sustituyendo en los escritos
simplemente el nombre del Presidente por el de Administrador y el de
la Comunidad de Propietarios por el de Propietario.
1.2.- Radioaficionado arrendatario de una vivienda, dentro de una
Comunidad de Propietarios
En este caso, los derechos
y deberes del Propietario arrendador corresponden por ley al arrendatario,
por lo que puede legalmente dirigirse a la Comunidad de Propietarios,
aún a pesar de que la práctica demuestra que lo primero que alega
la Comunidad cuando pretende mantener una postura negativa es la incapacidad
del arrendatario para dialogar con ella. De cualquier forma, siempre
quedará más redondeada la actuación enviando una copia de la notificación
al Propietario, para su conocimiento.
Antes de actuar, no obstante,
conviene leer con detenimiento las cláusulas del contrato de arrendamiento,
por si figura algo relativo directa ó indirectamente al caso. No deberá
alarmarse ningún arrendatario por ver que en dicho contrato figura
alguna cláusula en la que se le prohíbe el uso o acceso a determinados
elementos comunes, como se ve en algún impreso de algunos Agentes de
la Propiedad, ya que hay Jurisprudencia que declara nulas estas prohibiciones.
Otro caso, sería el que en las cláusulas figurase esta limitación
en forma de renuncia voluntaria del arrendatario: la solución al problema
que ello crearía sería mucho más difícil, aunque no imposible. De
apreciarse alguna de estas anomalías en el Contrato de Alquiler, conviene
tenerlo en cuenta si no se consigue instalar la antena por la aceptación
unilateral por parte de la Comunidad, una vez efectuadas las notificaciones
de los apartados siguientes, ya que además de demandar a la Comunidad
habrá que demandar al Propietario-arrendador pidiendo que se declare
la nulidad de las cláusulas limitativas o prohibitivas del Contrato
de Arrendamiento.
1.3.- Radioaficionado propietario, dentro de una comunidad
En este caso deberá
actuarse directamente según se indica en los apartados 2 y 3, según
sea el caso.
2.- Notificación a la Comunidad de Propietarios, previa a la autorización de Telecomunicaciones
para instalar antena
Después de la promulgación de la
"Ley de Antenas"
de fecha 16/11/1983 es importante adoptar desde un buen principio una actitud consecuente con respecto a la Comunidad
de Propietarios, es decir, comunicando a esta entidad la iniciación
de los trámites de instalación en el inmueble de la Estación de Radioaficionado.
De esta forma, por actos propios, nunca se podrá alegar por parte de
la Comunidad de Propietarios que el Radioaficionado pidió autorización
(y por lo tanto reconoció que la comunidad tenía potestad de autorizar
o denegar la instalación de la antena, lo cual no es el caso).
Para mayor claridad se
adjunta un modelo de escrito al Presidente de la Comunidad de Propietarios,
que deberá presentarse justamente cuando se solicite a Telecomunicación
la autorización para instalar la antena, ya que como en la mayoría
de los casos la Comunidad de Propietarios debate ampliamente el tema,
es preferible adelantar tiempo (ver ANEXO A).
3.- Notificación a la Comunidad de Propietarios, posterior a la autorización de
Telecomunicaciones para instalar la antena
Aún a pesar de que no
se recomienda esperar hasta una vez concedida la autorización por Telecomunicaciones,
el escrito en este caso deberá tener la forma del ANEXO A, con las
adiciones y modificaciones que se citan en el ANEXO B, en su caso, que
correspondan.
En el caso en que no
existan trabas para acceder a los elementos comunes de la finca al momento
de cursar esta notificación (o sea que el solicitante está en posesión
de las llaves que corresponda) deberá iniciarse al mismo tiempo la
instalación de la antena, bien sea situando la base, preparando anclajes
para sus vientos y tensores o de cualquier otra forma, a fin de provocar
(sin ningún tipo de violencia) una reacción por parte de la Comunidad,
que impida la instalación de la antena en la forma que sea, para tener
el Radioaficionado en cuestión la posibilidad de acudir directamente
a los Tribunales.
En el caso en que no
haya posibilidad previa de acceso a los lugares necesarios para la instalación,
la notificación (con los añadidos que en el modelo se citan) producirá
una reacción por parte de la Comunidad y según sea ésta se actuará
de una u otra forma.
4.- Reacción a los posibles conflictos que surjan con la Comunidad de Propietarios
Hay que tener en cuenta
ante todo, que la acción para impugnar los acuerdos de la Junta de
Propietarios caduca a los 30 días (naturales, o sea, de fecha a fecha)
de haber sido adoptados y que, por extensión de esta norma en razón
de la prudencia que todo Radioaficionado debe tener en estos trámites,
debe considerarse igualmente aplicable cuando el acuerdo sea adoptado
únicamente por el que desempeñe el cargo de Presidente de la Comunidad.
La única reacción posible,
sea quien sea el que haya adoptado el acuerdo, es acudir a los Tribunales,
en cuyo caso habrá que dirigirse a un abogado exponiéndole el caso,
con la suficiente antelación antes del transcurso de los citados 30
días.
ANEXO A
DON _______________________________
Señor Presidente de la Comunidad de Propietarios
DON _____________________________________________, mayor de edad, de estado civil ________________,
ocupante de la vivienda sita en esta localidad, calle _________________, nº ___, piso _____, puerta ___,
en calidad de (1)_________________________________________
respetuosamente dice:
Primero.- Que el suscrito posee (2) una Autorización de Radioaficionado otorgada
por la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones en fecha _______________
Segundo.- Que a tenor de la vigente Legislación relativa a las Telecomunicaciones
ha solicitado ante el organismo competente y en fecha reciente la autorización
reglamentaria previa a la instalación de las antenas o elementos radiantes
precisos para el desarrollo de la actividad de Radioaficionado.
Tercero.- Para
su conocimiento en cuanto a la ubicación de antena, se adjunta una
copia del croquis que obra en las oficinas de Telecomunicaciones, comunicándole
que la antena se situará en la finca en la siguiente forma: (3)
Cuarto.- La instalación
de antenas en los edificios por parte de los Radioaficionados legalmente
autorizados, está regulada por la Ley 19/1983 de 16 de Noviembre de 1.983,
publicada en el B.O.E. de fecha 26 del mismo mes, página 32.073.
Quinto.- Tan pronto me sea librada la autorización de montaje por la Jefatura de Inspección de
Telecomunicaciones, procederé a la instalación, para que, una vez realizada, sea inspeccionada
por dichos servicios.
Todo lo cual le notifico a los consiguientes efectos, rogándole me comunique a la mayor brevedad
posible cualquier observación o aclaración que desee manifestar y
sin otro particular le saluda atentamente
En ______________________________________, el día, mes y año
(firma)
Fdo. ____________________________
Aclaración de citas del ANEXO A:
Si hay problemas de acceso a la azotea o a patios de luces, consultar notas a "ANEXO B".
(1): Arrendatario, propietario, etc., según se trate.
(2): Está tramitando la autorización de (si este es el caso).
(3): Explicar de forma breve y clara donde se situará la antena y por
dónde pasarán las líneas de bajada.
ANEXO B
En el caso en que por la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones se haya autorizado la instalación de la
antena, remitir el escrito al Presidente de la Comunidad de Propietarios
citado en el "ANEXO A", con las siguientes modificaciones:
(Resto igual que en "ANEXO A") .
Segundo.- Que por la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones de esta provincia ha sido autorizada
la instalación de la antena radiante y de los demás elementos que
componen mi estación de Radioaficionado, según es de ver en la fotocopia
del oficio que se adjunta.
(No olvidar acompañar la fotocopia.)
Quinto.- Tras
el montaje de la instalación, los servicios de la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones
procederán a la inspección de la misma, a fin de comprobar que se
ajuste a lo legalmente establecido en la materia y darán, en su caso,
la autorización definitiva para su puesta en funcionamiento.
(En caso de tener problemas para el acceso a todos o parte de elementos comunes, añadir:)
Sexto.- Para
llevar a efecto el montaje, siendo impracticable el acceso a (lugar
que sea) para situar ahí (torreta, cables de bajada, etc. ..., según
se trate) me veo precisado a solicitar que adopte las medidas conducentes
a facilitar dicho acceso.
Todo lo cual le notifico
a los consiguientes efectos, rogándole me comunique a la mayor brevedad
posible cualquier observación o aclaración que desee manifestar y
sin otro particular le saluda atentamente
Nombre: Ràdio Club Barcelona Indicativo: EA3RKB Sede: Barcelona Contacto: ea3rkb@fediea.org Tel.: 932183967 - 938880099 Fundación: 1979 Cuota: 10 €/año Hitos: cursos presenciales para la obtención de la licencia, boletines RCB, Concurso de HF Sant Jordi,
Diploma Permanente, miembro fundador de la ACRE,
expediciones, demostraciones, BBS de packet radio, Congreso SYSEA'99.